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Decisión sobre Aeropuerto Internacional de Bávaro sienta precedentes

La sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que ratifica la parálisis de la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) es una pieza acabada que combina la tradición jurídica dominicana con aspectos novedosos del derecho administrativo, en una reflexión aguda sobre los argumentos de la parte recurrente y la decisión objeto del recurso.

Sienta el precedente, además, de aclarar la responsabilidad del Estado en obras de infraestructura que sean de utilidad pública, como los aeropuertos, y el procedimiento a seguir en aras de la transparencia y libertad de concurrencia.

El rechazo del recurso de casación hace acopio tanto de jurisprudencias de la misma SCJ como de precisiones del Tribunal Constitucional, lo que añade consistencia a la resolución judicial escrita por el presidente de la Tercera Sala, Manuel Alexis Read, y aprobada a unanimidad. Integraron el tribunal, además, los jueces Manuel R. Herrera Carbuccia y Anselmo Alejandro Bello.

La sentencia convierte en cosa definitivamente juzgada la decisión del Instituto de Aviación Civil (IDAC) que declara lesivo al interés público el permiso para el inicio de construcción del AIB, condicionado a una serie de estudios y documentación que nunca fueron satisfechos. Pero va mucho más allá y analiza a la luz del derecho vigente el procedimiento seguido para la aprobación antes de relevar que el mismo estuvo viciado por irregularidades administrativas.

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