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Cruzacalle en puente Juan Bosch es ilegal

Además de causar contaminación visual, el gigante cruzacalles alusivo a la Navidad y a la promoción de candidaturas sobre el puente Juan Bosch, es violatorio a la Ley 20-2023 sobre Régimen Electoral, que prohíbe la instalación de ese tipo de propagandas en edificaciones públicas.

Desde los últimos meses del pasado año fue colocado el cruzacalle a todo lo ancho del puente Juan Bosch con fotos alusivas al candidato presidencial Luis Abinader y a la Alcaldía de Santo Domingo Este, Dío Astacio, ambos por el oficialista Partido Revolucionario Moderno(PRM).

Además del mensaje navideño tiene implícita propaganda política, responsabilidad del Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD).

Considerada por algunos ciudadanos como una barbaridad ese tipo de propaganda está prohibida por la Ley 20-2023 en su artículo 180.

"La propaganda electoral no se podrá colocar, fijar, engomar, ni pintar en las oficinas, edificios, y locales ocupados por los poderes públicos o de propiedad pública, así como en monumentos, construcciones de valor histórico cultural, en edificios destinados al culto religioso, edificios de organismos paraestatales del Gobierno nacional o local o en vehículos oficiales".

La Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana en su artículo 158 establece las condiciones para colocar esa y otros tipos de propagandas en las calles y avenidas.

"Las personas que coloquen letreros, carteles y otros medios de publicidad o propaganda en las vías públicas sin la autorización del Intrant o del ayuntamiento correspondiente, serán sancionadas con una multa de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado".

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