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El presidente Luis Abinader firmó un decreto con el que restringió el tipo de publicidad gubernamental que se puede colocar, estableció los criterios para la contratación e hizo una serie de prohibiciones.
Con la orden ejecutiva número 1-24, el mandatario prohibió incluir la voz, imagen o cualquier otra referencia personal que individualice o distinga a funcionarios públicos, o para destacar los logros de esta gestión o los objetivos alcanzados.
También vedó la utilización de la publicidad oficial con propósitos propagandísticos o para apoyar a partidos o candidatos políticos, oficiales o no.
Sólo se podrán promover o contratar campañas institucionales de publicidad y de comunicación cuando tengan objetivos señalados.
Entre ellos, promover la difusión y conocimiento de los valores y principios constitucionales; informar a los ciudadanos de sus derechos y obligaciones legales, de aspectos relevantes del funcionamiento de las instituciones públicas, de las condiciones de acceso y uso de los espacios y servicios públicos, e informar a los ciudadanos sobre la existencia de procesos administrativos o consultas populares.
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